26. Se excluyen del ámbito de aplicación las operaciones elegibles que impliquen el intercambio, la comercialización o la distribución de productos básicos. En esta subsección se articula el alcance de la exención y se definen los correspondientes productos básicos, usando un principio general y enumerando algunos productos básicos concretos a modo de ejemplo.
27. El principio general es que la exclusión es de naturaleza amplia y que engloba operaciones que implican el intercambio, la comercialización o la distribución de productos de carácter básico, tengan o no precio de cotización, e incluye operaciones en las que el producto básico ha sido objeto de una transformación adecuada. En el marco del enfoque simplificado y racionalizado, pueden considerarse productos básicos:
a. Un producto físico renovable o no renovable que se obtiene principalmente de la corteza terrestre, la tierra o el agua. Estos productos físicos renovables o no renovables pueden encontrarse en estado sólido, líquido o gaseoso, así como adoptar diversas formas, como hidrocarburos, minerales, mineraloides y productos agrícolas.
b. Un producto físico renovable o no renovable que ha sido sometido a una transformación adecuada.
c. Un producto que esté en consonancia con la definición de producto básico del párrafo 2.18 de las Directrices.
28. La definición de hidrocarburo, mineral, mineraloide y producto agrícola es:
a. Un hidrocarburo es cualquier compuesto orgánico formado principalmente por moléculas de carbono e hidrógeno que se encuentra en estado sólido, líquido o gaseoso, produciéndose de forma natural en la tierra o sobre ella, así como en el lecho marino o el subsuelo, a través de un proceso geológico o sometido a él. Entre otros, comprende el petróleo crudo, las arenas bituminosas, los aceites pesados y el gas natural, que se producen en depósitos, reservas o yacimientos de petróleo y gas del subsuelo.
b. Un mineral es cualquier sustancia inorgánica que presente características cristalinas, en estado sólido, produciéndose de forma natural en la corteza terrestre y bajo el agua y se forma a través de un proceso geológico o sometido a él. Entre otros, comprende la arcilla, gemas, grava, metales, menas, rocas, arena, suelo, piedras, sal y cualquier sustancia de este tipo que se encuentre en un yacimiento mineral, depósito de minerales, reservas o escombrera.
c. Un mineraloide es cualquier sustancia que no presente características cristalinas, ya se encuentre en estado sólido, líquido o gaseoso, produciéndose de forma natural en la corteza terrestre y bajo el agua, a través de un proceso geológico o sometido a él. Entre otros, comprende el ámbar, el carbón, la obsidiana y los ópalos, así como cualquier sustancia de este tipo que se encuentre en un yacimiento mineral, un depósito de minerales, una reserva o una escombrera.
d. Un producto agrícola es cualquier producto primario, crudo o procesado, que se comercialice para el consumo. Entre otros, comprende los subproductos animales, como los lácteos o la fibra, el ganado, los cereales, el café, el té, la pesca, la silvicultura, las frutas y las hortalizas.
29. Por «transformación adecuada» se entiende la transformación realizada para unir, concentrar, aislar, purificar, refinar, mezclar, separar, criar, cosechar, producir o liberar un hidrocarburo, un mineral, un mineraloide o un producto agrícola. Comprende el procesamiento que se realiza para obtener todos los productos intermedios que se obtienen de los hidrocarburos, minerales, mineraloides o productos agrícolas, como los que figuran en la siguiente lista no exhaustiva de productos:
gas natural licuado, gas licuado de petróleo y otros líquidos de gas natural, gasóleo, queroseno, gasolina e hidrógeno.
óxidos metálicos, hidróxidos metálicos, ánodos, cátodos, metales fundidos, aluminio y aleaciones.
ganado bovino, aves de corral, ganado porcino, ganado ovino, ganado caprino, trigo, leche en polvo, algodón, mazorcas, cebada, arroz, soja, cacao en polvo, maíz.
30. Para dar mayor claridad a la exclusión relativa a los productos básicos, se ofrece una lista no exhaustiva de ejemplos de productos básicos excluidos. Algunos de los ejemplos más habituales de metales son: aluminio, cobre, níquel, hierro, estaño, oro, plomo, metales del grupo del platino, plata, manganeso, cobalto, molibdeno, carbonato/hidróxido de litio, ácido bórico, titanio, uranio y zinc, así como los óxidos metálicos y los hidróxidos metálicos. Algunos ejemplos de ánodos son los ánodos de cobre y grafito. Algunos ejemplos de cátodos son los cátodos de cobre, cobalto y níquel. Algunos de los ejemplos más habituales de productos derivados del petróleo y el gas son: petróleo crudo, arenas bituminosas, aceites pesados, gas natural, nafta, gas natural licuado, gas licuado de petróleo y otros líquidos de gas natural, gasóleo, queroseno, gasolina e hidrógeno. Algunos de los ejemplos más habituales de productos agrícolas son: ganado bovino, aves de corral, ganado porcino, ganado ovino, ganado caprino, mercaderías agrícolas, como trigo, algodón, mazorcas, avena, cebada, arroz, soja, cacao en polvo, azúcar, maíz, café y pesca, silvicultura, frutas y hortalizas.
31. Los productos enumerados suelen encontrase en la última etapa del proceso de producción y es posible que un grupo multinacional también pueda vender productos que se encuentren en una forma anterior a esta etapa, es decir, que sean productos intermedios. En la medida en que los productos intermedios satisfagan las definiciones anteriores, seguirían estando incluidos en la exclusión relativa a los productos básicos.